miércoles, 31 de agosto de 2011

VII CONGRESO INTERNACIONAL DE CONCILIACIÓN, MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y NEGOCIACIÓN

Del 18 al 19 de agosto de 2011 se llevó el VII Congreso Internacional de Conciliación, Mediación, Arbitraje y Negociación, con el lema: "Por la reivindicación de la justicia alternativa", en hermosa e histórica ciudad de Cartagena de Indias (Colombia) organizado por la Fundación Talid y su Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición y auspiciado por otras organizaciones y entidades, contó con la participación de conferencistas internacionales y nacionales y ponentes nacionales.

La Séptima versión del Congreso fue un excelente intercambio de conocimientos, experiencias, reflexiones y lo más importante es que el Congreso es un valioso espacio de encuentro de las personas y profesionales que trabajan la conciliación, la mediación, la negociación y el arbitraje en Colombia.

El CONGRESO INTERNACIONAL DE CONCILIACIÓN, MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y NEGOCIACIÓN que se realiza cada año en Cartagena es un evento de altísima calidad académica, profesional y humana y los y las invito a que participen en la próxima versión del año 2012.

CREARC participó con la ponencia CENTROS DE CONCILIACIÓN Y CONCILIACIÓN EN DERECHO EN COLOMBIA VEINTE AÑOS CONSTRUYENDO PAZ presentada el 18 de agosto de 2011, en dicha ponencia se expusieron los siguientes temas: La Conciliación como Cultura de Paz; Una pequeña historia sobre la conciliación en derecho en Colombia; Los aportes de la conciliación en derecho a la Construcción de la Paz en Colombia; Los retos de la conciliación en derecho y de los centros de conciliación y por último se invitó a quienes asistieron que durante el Congreso y posteriormente: soñaramos el futuro de la conciliación en derecho en Colombia y que ese sueño lo hagamos realidad.

Felicitamos a la Fundación Talid y a su Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición por la realización de este Congreso porque es un espacio que organiza y convoca, y quienes auspician y los espacios, organizaciones, centros de conciliación colombianos y personas que participan, trabajan de manera comprometida en la resolución alternativa de conflictos (conciliación, mediación, negociación y arbitraje).

IMÁGENES DEL VII CONGRESO INTERNACIONAL DE CONCILIACIÓN, MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y NEGOCIACIÓN


Jorge Hernán Gil Echeverry Conferencias: EL RETROCESO GENERADO POR LA JURISPRUDENCIA COLOMBIANA EN LA JUSTICIA ALTERNATIVA, CONCILIACIÓN COMO REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD Y JURISPRUDENCIA



Francisco Rojas Birry Personero de Bogotá (Conferencia El acceso a la Justicia Alternativa como garantía de los Derechos Fundamentales) y Patricia Romero Sánchez Directora de CREARC



De izquiera a derecha Mónica Janer Santos, Natalia Peñaranda Sarmiento y 

José Octavio Zuluaga R

Esteban Carbonell O´Brien (Perú), Mónica Janer Santos (MARCO) y Nubia Eunice Barrera (Cámara Colombiana de la Conciliación) (Colombia) y Jorge Hernán Gil Echeverri (Colombia)

Nubia Eunice Barrera (Cámara Colombiana de la Conciliación) Ponencia: IMPACTO EN LA CONCILIACION CON LA SUPRESION DEL REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD


Patricia Romero Sánchez Directora Centro de Conciliación CREARC 
Ponencia: CENTROS DE CONCILIACIÓN Y CONCILIACIÓN EN DERECHO EN COLOMBIA VEINTE AÑOS CONSTRUYENDO PAZ



Patricia Romero Sánchez Directora Centro de Conciliación CREARC
Ponencia: CENTROS DE CONCILIACIÓN Y CONCILIACIÓN EN DERECHO EN COLOMBIA VEINTE AÑOS CONSTRUYENDO PAZ


María Alejandra de la Universidad de Cartagena. Facultad de Derecho. Semillero de Investigación de reorganización empresarial. Línea: Mercado y Derecho, Grupo de Derecho al Trabajo y Seguridad Social. Categoría A. Colciencias. Docente investigador: Andrés Alarcón Lora.

De izquierda a derecha: Alejandro Nató (Argentina), Magdalena Tobón Directora del Centro de Conciliación de la Universidad Cooperativa de Medellín, Antonio Tula (Argentina) y Patricia Romero Sánchez Directora Centro de Conciliación CREARC


Alejandro Nató Conferencia: Abordaje e intervención en conflictos complejos



Silvana Cerini (Argentina) Conferencia: 
Construcción del poder negociador en el contexto de la conciliación y la mediación.



José Octavio Zuluaga, Maribel Argüello Castillo y Germán Vallejo Almeida



Eréndida Ledesma Salgado Universidad de Anahuac (México) y 
Agustín Carrillo Suárez (México) UNAM



Natalia Peñaranda Sarmiento (Partners de Colombia)

Agustín Carrillo Suárez (México), Patricia Romero Sánchez (Colombia) y Antonio Tula (Argentina)


Oliva Castillo (Centro de Conciliación Fundación Servicio Jurídico Popular), 

Silvana Cerini (Argentina) Tatiana Romero del Ministerio del Interior y de Justicia


Tatiana Romero (Ministerio del Interior y de Justicia de Colombia) y 
Héctor Varela Contreras (Director Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición Talid)



Patricia Romero Sánchez Directora del Centro de Conciliación CREARC y 

Tatiana Romero de Acceso a la Justicia (Ministerio del Interior y de Justicia de Colombia)


Desafío de la justicia alternativa frente al fortalecimiento de una nueva cultura jurídica: de izquierda a derecha: Octavio Zuluaga R (Colombia), Germán Vallejo Vallejo Almeida (Colombia), Agustín Carrillo Suárez (México) y Antonio Tula (Argentina)



Agustín Carrillo Suárez de la Universidad Nacional Aútonoma de México: Arbitraje en México



Antonio Tula de Redes Alternativas (Argentina) Conferencia: 

Mediación familiar especializada: intervención con padres separados

Nubia Eunice Barrera (Cámara Colombiana de la Conciliación), Representante Pedrito Tomas Pereira Caballero, Patricia Romero Sánchez (CREARC) y Héctor Varela Contreras (TALID)


El Honorable Representante a la Cámara Pedrito Tomás Pereira Caballero, Oliva Castillo Directora del Centro de Conciliación de la Fundación Servicio Jurídico Popular (Bogotá), Patricia Romero Sánchez Directora del Centro de Conciliación CREARC (Bogotá) y Héctor Varela Contreras Director del Centro de Conciliación TALID (Cartagena).



Maribel Argüello Castillo (Colombia) Conferencia: 
Hacia una mirada ontológica de la mediación y la conciliación



En el centro de la mesa el Senador de la República de Colombia Roy Barreras Montealegre y Héctor Varela Contreras Director del Centro de Conciliación de la Fundación TALID.



En el centro de la mesa EL Senador Roy Barreras Montealegre y Héctor Varela Director del Centro de Conciliación de la Fundación TALID.


Patricia Romero Sánchez Directora del Centro de Conciliación CREARC y el Senador Roy Barreras Montealegre.


Patricia Romero Sánchez Directora del Centro de Conciliación CREARC, el Senador Roy Barreras Montealegre y Héctor Varela Contreras Director de la Fundación TALID.


PRESENTACIÓN PONENCIA CENTRO DE CONCILIACIÓN CREARC:


Fotografías: Patricia Romero Sánchez
Archivo: CREARC

martes, 30 de agosto de 2011

Conversatorio en CREARC: Solución de Conflictos Medio Ambientales


Massimo de Marchi (Italia) geografo, profesor de la Universidad de Padua (Università degli Studi di Padova), investigador sobre procesos participativos en prevención y manejo de conflictos sobre decisiones que afectan al territorio: energía eólica, energías alternativas, dislocaciones industriales, manejo de basuras y medio ambiente, participa en la Comisión Europea que avala y hace consultoría de los proyectos que desarrolla la norma europea sobre energía y trabaja para FLACSO, OLCA (Chile) facilitó el Conversatorio Conflictos Ambientales en CREARC el 15 de julio de 2011.

Participaron en el Conversatorio los conciliadores de CREARC Jhon Fernando Forero Alarcón, Ana Cecilia Roa, Mary Lucy Romero Sepúlveda, Patricia Romero Sánchez y Dora Elvia Sabogal Herrera Orientadora de la Tarde de la IED San Isidro Sur Oriental.

Marco Jurídico en Europa:

Convenio de Río de Janeiro sobre diversidad biológica

Convenio de Aarhus

Protocolo de Kioto sobre el cambio climático

Convenio Europeo del Paisaje

Meta en Europa: llegar al 2020 al consumo de energías limpias

MARCO GENERAL EN EUROPA

Sobre los derechos humanos ambientales en Europa se tiene el Convenio de Aarhus es la primera aplicación internacional del artículo 12 del Convenio de Río de Janeiro, en toda Europa desde Islandia hasta Rusia hay la tutela de los derechos a la participación, a la justicia y a la información sobre los aspectos medio ambientales, este convenio fue incorporado por los estados europeos a través de una ley.

Este convenio es muy importante porque cambió la manera de adoptar las decisiones medio ambientales en Europa aclarando que existen diferencias entre paises por ejemplo entre Italia y Suecia.

En Italia por ejemplo no se cuenta con el mecanismo de la consulta previa, pero si se cuenta dentro del marco del Convenio de Aarhus con el derecho a comenzar la discusión con la comunidades y los actores territoriales antes de definir todos los aspectos de un proyecto o de tomar la decisión sobre un proyecto.

CONFLICTO MEDIO AMBIENTAL Y ELEMENTOS QUE HAY QUE TENER EN CUENTA PARA EL ANÁLISIS:

El profesor de Marchi explicó que el problema en general en Europa respecto al medio ambiente es una gran diferencia entre los modelos institucionales de decisión sobre el medio ambiente, hay una diferencia entre lo que dice el Norte de Europa: países escandinavos e Inglaterra por ejemplo (quienes son más avanzados, partcipa la ciudadanía, más información) y lo que pasa en Europa del Sur: Italia, Grecia y España.

En España y en Italia el conflicto medio ambiental se generan conflictos medio ambientales relacionados por la producción de la energía eólica.


Los conflictos generados por la producción de la energía eólica son conflictos entre dos modelos de desarrollo medio ambiental:

* Un modelo de desarrollo medio ambiental de conservación del paisaje, no quiere la transformación del paisaje (es decir las torres eólicas).

* El otro modelo es un modelo de modernización ecológica que requiere la transformación del paisaje para producir energía alternativa.

Estos dos modelos plantean dos problemas diferentes: ideologías del medio ambiente que son conflictos intratables y el pragmático.

¿Nos preguntamos porque en Dinamarca no existen estos conflictos cuando se toman decisiones respecto a la energía eólica? Hay una dimensión institucional normalmente en Dinamarca las plantas eólicas son cooperativas donde la gente que vive en los pueblos son socios y por lo tanto la planta les genera beneficios.

En cambio en las plantas del sur de España e Italia, son grandes compañias eléctricas que llegan, ocupan el territorio y en las cuales no existe un componente de capital social y no existe una posibilidad para la gente de disfrute económico de esta transformación.

Hay otro problema que es el concepto ideológico de paisaje.

En Italia hay una idea del paisaje sagrado, se piensa que los buenos paisajes son los paisajes del pasado y que los paisajes de la modernidad no son buenos paisajes, no hay maneras correctas de construir.

El profesor de Marchi considera que este pensamiento del paisaje inmodificable es un gran problema político y de educación.

Cuando se piensa en Italia, se piensa en el paisaje de la Toscana, un paisaje lindo, las colinas de la Toscana, los pequeños pueblos encima de la colina, los viñedos y los olivares, esto es un ideal del paisaje, en realidad es un paisaje que hace cuatrocientos y quinientos años era un paisaje de la esclavitud, el paisaje del sistema feudal, de los ricos y pobres agricultores que debían trabajar para mantenerlo.

El enfoque naturalista del paisaje que son los radicales del paisaje, sin la transformación humana.

El otro problema hoy en día es que los nuevos paisajes no son bellos o son paisajes del abuso, un ejemplo de un paisaje destruido es la playa en Santa Marta (Colombia), estos paisajes destruidos se veían hace treinta o cuarenta años en Italia.

Otro enfoque es el arquitectónico, el único paisaje bueno es el paisaje que se construye y se transforma para el hombre, los arquitectos del paisaje tienen esta concepción.

Hay una concepción intermedia geográfica, el paisaje es el resultado de una organización territorial que sirve a la sociedad, el problema es ver cual es la organización territorial que sirva a la sociedad, que no sea una organización territorial de la especulación, del desastre ambiental etc.

También existen los enfoques del paisaje rural y urbano lo cual genera que la gente de la ciudad no quiere ciertos cambios en lo rural que a veces si quieren quienes viven en lo rural, porque las personas que viven en la ciudad cuando viajan fuera de la ciudad quieren encontrar algo diferente a lo que hay en la ciudad (naturaleza viva, paisajes bucólicos, etc).

Hay que producir ciudades de mejor calidad de vida urbana (casas, parques públicos, movilidad) con un buen medio ambiente porque existen ciudades invivibles.

Tampoco se puede pensar en un medio ambiente absurdo de compartimentos, zonas con buen medio ambiente, zonas contaminadas que se toleran y zonas de baja calidad en las que no se puede hacer nada.

Hay que luchar también por un tener y vivir en un buen paisaje cotidiano.

La gente debe ser consciente que el paisaje ideal, es el paisaje de la exploración social y que hay que hacer una transformación del paisaje, que sea una transformación que le de beneficios a la sociedad y que la comunidad perciba también esos beneficios.

No existe una definición suficiente de lo que es un buen paisaje, un elemento central es la participación.

Además hay que tener en cuenta que los países desarrollados han dejado como reserva forestal un 15% al dar el paso al desarrollo en cambio países como Colombia o Ecuador tienen una reserva forestal del 30 o 40% y los países desarrollados ahora quieren imponer criterios para el tema de Bonos de Carbono o Bonos Verdes el cual se debe estructurar y negociar para que cumpla con el objetivo de la reducción de emisiones de carbono porque el esquema de pocos euros por toneladas es un esquema insuficiente para cumplir con dicho objetivo.

También hay que hacer una buena calificación medio ambiental, hay sitios donde no se pueden instalar torres eólicas en todos los lugares como: cerca de los castillos, cerca de las casas, cerca de las rutas migratorias de las aves, cerca de áreas protegidas y de áreas importantes, estos son aspectos que deben estar incorporadas en la planificación, es decir que la planificación debe encontrar áreas donde se puedan ubicar las torres porque se han presentado conflictos donde se han instalado torres donde no hay viento, es absurdo generar un conflicto de esta naturaleza.

Para el profesor de Marchi es un conflicto que se puede resolver encontrando las áreas adecuadas para instalar las torres.

Otro problema central es institucional en Italia, el modelo industrialista: los actores proponentes y los actores oponentes, en Chile el Observatorio Latinoaméricano de Conflictos Ambientales habla de actores protagónicos quienes se oponen al proyecto y antagónicos (quienes quieren hacer el proyecto).


El Profesor de Marchi hace énfasis en el puntualizar el papel de los actores reguladores: El Estado, el papel del Estado, porque se requiere un papel regulador pragmático sin ser autoritario y con reglas claras, porque actualmente el papel del Estado en Italia es burocrático administrativo lo cual es insuficiente e inadecuado porque comentó el Profesor de Marchi sucedió en Italia que se demoraron tres años para emitir un decisión y cuando el Estado al fin tomó la decisión, tres años después, la tecnología ya era obsoleta.

En Escocia se realiza cada seis meses un mapa concertado de los proyectos que se están realizando que REDUCE LOS CONFLICTOS, HACE PROYECTOS VIABLE, Y SE PRODUCE ENERGÍA DE UNA MANERA ACEPTABLE, CUANDO NO EXISTE REGULACIÓN EMPIEZAN LOS CONFLICTOS.

En Suecia la propiedad privada no se puede cercar a diferencia de lo que se observa en Santa Marta donde hay una serie de obstáculos para que la gente llegue al mar.

Esto no existe en Italia. En Italia no existe el papel regulador del estado y en cada región existe una norma más la del Estado. las legislaciones son complicadas y débiles teniendo en cuenta que Italia es el décimo productor de energía eólica, finalmente decide la política o la protección del medio ambiente, considera el profesor de Marchi que no es una manera correcta de manejar los conflictos.

En Alemania el Estado tiene más responsabilidad, se toma la decisión, cambia el gobierno y sigue la decisión, en Italia cambia el gobierno y cambia la decisión.

En Suiza el sistema es muy articulado.

Problema técnico: existen generadores 3 megawatts conversión y transición energética un trabajo entre la comunidad, los inversionistas y los reguladores para producir verdaderamente soluciones avanzadas, las plantas viejas producen 3 kilowatts

Los inversionistas prefieren comprar tres generadores de 1 megawatt en lugar de comprar un generador de 3 megawatt que cuesta mucho más, el papel del regulador es muy importante.

En síntesis hay que tener en cuenta en el análisis de un conflicto ambiental y por ende para su manejo:

Papel de la comunidad en las decisiones (no limitar el asunto a un acuerdo entre el alcalde y los inversionistas, porque en un proceso así no habría partipación ni información y se pueden generar procesos de corrupción).

Justicia territorial (La comunidad debe participar porque son procesos en los cuales existen beneficios globales con conflictos de impactos locales).

El papel de las autoridades reguladoras.

Reglas claras.

Planificación energética (cual energía, cuanta energía se requiere, cuanta energía se quiere convertir).

Planificación temporal: si se sabe que en cinco años se va a hacer un proyecto no se puede permitir por ejemplo que se construya un barrio o un pueblo allí.

Definición de áreas territoriales, ordenamiento territorial o zonificación.

Tecnologías.

Tiempos administrativos de decisión adecuados (modelos decisionales elásticos, porque cuando se aprueban las cosas, ha cambiado la tecnología y hay que iniciar un nuevo proceso).

Funcionarios que conozcan del tema y sepan lo que están haciendo.

Sobre el conflicto ambiental en la Amazonía del Ecuador y Brasil

Es un área de explotación de petróleo, que tiene tres elementos que generan conflicto: petróleo, el Estado quiere explotarlo, para ello debe preparar la zona y para ello se tienen que ir los agricultores (quienes no se quieren ir) y además hay una zona natural indígena protegida por la UNESCO.

Hay conflictos entre Ministerios y entre las Provincias y las municipalidades y los agricultores y la conservación del Medio Ambiente.

China le ha pagado la concesión por anticipado al Estado Ecuatoriano es decir le han pagado por adelantado el petróleo que vera muchos años después.

En los conflictos ambientales en Chile: los gobiernos de las provincias centrales no son elegidos por la gente, lo que implica que la gente no tiene mucha participación en la decisión de las concesiones para la minería. No existe un debate dialéctico, por lo cual a las multinacionales les gusta mucho Chile para trabajar.


Para más información sobre Conflictos Ambientales en América Latina ver:
Libro conflictos ambientales en America Latina analizando el trabajo de OLCA en Chile.


El libro esta en italiano.
http://iterritorideicittadini.wordpress.com/">http://iterritorideicittadini.wordpress.com/


Lo compartido por el profesor Massimo de Marchi nos hizo reflexionar sobre distintas situaciones que se viven en Colombia:

La consulta previa que efectivamente sea para escuchar a las comunidades.

La relación entre conflicto armado, territorio, monocultivos, desplazados y las minas antipersonas en nuestros campos.

Cerro de Juaica o Peña de Juaica y la energía solar

Explotación de petróleo en el Huila.

Realizar una verdadera planificación y zonificación y respetarla.

El impacto del invierno y preparación para el mismo.

La explotación minera.

El desplazamiento urbano.

Manejo de desechos y basuras.

La falta de conciencia.

La política medio ambiental sea de estado y no de gobierno.

El compromiso de las empresas automotrices.

La falta de planificación en Bogotá: que participe la gente, que haya planificación que se combine desarrollo con respeto por el medio ambiente.

El Estado debe cumplir con su papel de regulador y la comunidad debe participar.

Implementación de energía eólica o energías limpias.

Conservación hidrográfica.

Cambio climático.

Ciudades grises.

Contaminación y baja calidad del aire.

Cual es el concepto que se tiene del buen vivir en los territorios urbanos y rurales.

Ruido.

Cemento.

Stress.

lunes, 29 de agosto de 2011

Conversatorio en CREARC: Jóvenes, Paz y Educación Intercultural en Ecuador


El martes 5 de julio de 2011 Walter Fernández Ulloa (Psicólogo Clínico, Mg. Políticas Sociales de Niñez y Adolescencia Presidente Fundación FENIXe 2006-2011, Seleccionado 12º varón Concurso Miembros CPCCS 3er. Varon Seleccionado a la Comisión de Selección Vocales de Judicatura,. Exbecario: MASHAV-Israel; UPS-Ecuador; INDES-USA) facilitó el Conversatorio Jóvenes, Paz y Educación intercultural en Ecuador en CREARC.

Para consultar el contenido del Conversatorio pueden dar click en los siguientes links donde encontrarán las diapositivas de cada presentación.

http://es.scribd.com/doc/60161137/Estrategias-para-la-Mediacion-de-Conflictos-Comunitarios-y-Juveniles-Perfil-de-un-Modelo-desde-la-Gestion-del-Conflicto-y-la-Politica-Publica-por-WAL

http://es.scribd.com/doc/60161455/Perfil-de-un-modelo-desde-la-gestion-del-conflicto-y-la-politica-publica-por-WALTER-FERNANDEZ-ULLOA

http://es.scribd.com/doc/60160767/Conferencia-Sincronica-de-Formacion-Juvenil-por-WALTER-FERNANDEZ-ULLOA

domingo, 28 de agosto de 2011

Mediación y Conciliación en Ecuador por Walter Fernández Ulloa


El sábado dos de julio de 2011 el Psicólogo Clínico Walter Fernández Ulloa (Ecuatoriano), Consultor Internacional, Conferencista quien trabajó por tres años en el sistema de protección de infancia en Ecuador, visitó CREARC y nos ha concedido una Entrevista sobre la historia y la situación de la mediación y la conciliación en Ecuador.

Trabaja con FENIXe (Fundación Ecuatoriana por la Inclusión, la tolerancia y la Xenofilia) trabajan desde el 2000 en Quito y trabajan también en Cuenca y Guayaquil.

El trabajo fundamental del equipo interdisciplinario (compuesto por abogados, psicólogos, trabajadoras sociales y artistas) es dirigido a niños, jóvenes y comunidades y el trabajo se centra en la construcción de la paz, ciudadana activa y ejercicio de derechos fundamentales.

FENIXe cuenta con un cibernario de casi quince mil libros digitales.

La mediación en Ecuador


FENIXe trabaja mediación con jóvenes y cuentan con dos abogados especializados en mediación y oficialmente inscritos.

La mediación en Ecuador ha sufrido un retroceso hacia la década de los sesenta.

En los años sesenta surgió la primera ley de arbitraje y conciliación básicamente para asuntos comerciales.

En 1973 ya se comienza hablar de mediación en Ecuador, se centra igualmente en el ámbito comercial.

En el año 2006 de hace una reforma de ley, se nombre como ley de mediación, arbitraje y conciliación y se habla de mediación comunitaria.

Decía la ley que en 90 días se debía expedir el reglamento que definía como funcionaba la mediación comunitaria pero este reglamento nunca se expidió.

Se hace una nueva reforma en el 2009 que desarrolla la nueva constitución de 2008 y surge así la ley de arbitraje y métodos alternativos de solución de conflictos hay un capítulo de mediación comunitaria y social regulado en tres artículos: que se admite este mecanismo, la promoción, el Consejo de la Judicatura tiene la responsabilidad de promoverlo y regularlo y tenía también 90 días para expedir el reglamento y hasta el momento no se ha expedido el reglamento.

La Constitución de 1998 tenía mucho más elementos para trabajar la mediación en la Constitución de 2008 se dice que se acepta y se promueve la mediación y los métodos alternos de solución de conflictos.

Artículos Constitución 2008 sobre mediación

Art. 97.- Todas las organizaciones podrán desarrollar formas alternativas de mediación y solución de conflictos, en los casos que permita la ley; actuar por delegación de la autoridad competente, con asunción de la debida responsabilidad compartida con esta autoridad; demandar la reparación de daños ocasionados por entes públicos o privados; formular propuestas y reivindicaciones económicas, políticas, ambientales, sociales y culturales; y las demás iniciativas que contribuyan al buen vivir.

Sección octava
Medios alternativos de solución de conflictos


Art. 190.- Se reconoce el arbitraje, la mediación y otros procedimientos alternativos para la solución de conflictos. Estos procedimientos se aplicarán con sujeción a la ley, en materias en las que por su naturaleza se pueda transigir.

En la contratación pública procederá el arbitraje en derecho, previo pronunciamiento favorable de la Procuraduría General del Estado, conforme a las condiciones establecidas en la ley.


Ahora de expide un nuevo reglamento el cual se centra nuevamente en el arbitraje como sucedió en los años sesenta y en dicho reglamente se hace un capítulo de mediación comunitaria de tres artículos.

Conforme a la nueva ley los mediadores son abogados, y anteriormente la capacitación estaba a cargo de la Universidades con una intensidad de 300 horas, doscientas horas de capacitación y 100 horas de práctica, este tema está pendiente de regulación.

En la práctica la gran mayoría de mediadores son abogados y con formación en universidades.

Existe el registro del Consejo Nacional de la Judicatura, se calcula que existen en Ecuador cuatro mil (4000) mediadores capacitados pero mediadores en ejercicio son muy pocos, otro elemento es que muchos de quienes se capacitaron fueron funcionarios públicos, que luego se convirtieron en juez y parte, porque fungen de mediadores en conflictos en los cuales es parte el Estado.

En Ecuador los conciliadores son funcionarios públicos, más sin embargo se cuestiona que el mediador o el conciliador sea de la misma entidad que tiene el conflicto.

Otro mecanismo fue la Junta de Protección de Derechos, no hacen mediaciones pero la ley las faculta para hacer conciliación, esta instancia es pública y los conflictos eran con el Estado (servicios públicos y cuestiones escolares).

Queda en entredicho la neutralidad y la imparcialidad del mediador y/o conciliador.

La mediación comunitaria en Ecuador es similar a la conciliación en equidad en Colombia la gente en Ecuador tiene cierta reticencia a la mediación porque piensa que se le va a violar el debido porque la ley no es clara al decir que debe respetarse el debido proceso en la mediación sea jurídica y comunitaria.

Otra dificultad es que luego de cuatro o cinco sesiones se llega a un acuerdo y para la ejecutoriedad debe pasarse el acta de mediación al juez y hay una demora de seis meses o un año para ser aprobada por el juez para que tenga efectos de cosa juzgada, esta demora es una traba porque la gente cumple el acuerdo de buena fe en el interregno de la aprobación del juez, cuando debiera solo pasarse el acta para conocimiento del juez y el acta de mediación debiera tener efectos inmediatos de cosa juzgada.

Los Centros de Conciliación en Ecuador


Existen los Centros de Mediación de la Universidad Católica.

La conciliación es asignada por la ley a las autoridades o instituciones públicas quienes hacen conciliación y no hacen mediación.

La mediación es enfocada a las instituciones privadas.

Movimientos que existen en Latinoamérica sobre los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos

Monopolios

Corrientes contra los mecanismos dialogales y se expiden legislaciones que implican retroceso

Afortunadamente existe un fuerte movimiento de apoyo a los mecanismos alternativos de solución de conflictos.

Comunidades Indígenas y Solución de Conflictos

Las comunidades indígenas en Ecuador trabajan la resolución de conflictos a través de la ley indígena, los conflictos se resuelven a través del un proceso similar a un juicio donde participa el Presidente de la Comuna o Asamblea y en Asamblea Comunitaria aunque hay algunos problemas por temas de violencia que no son admitidos por la ley indígena.

FENIXe trabaja con el Pueblo Kichwa en Pichincha, en Cotopaxi y en Cayambe,en Cuenca se trabaja con una comunidad que no se reconocen como indígenas se identifican como cholos (no son indígenas ni mestizas), la vestimenta es tradicional. Los cholos eran los hijos de los españoles con indígenas. Aunque para toda Latinoamérica el término cholo es un término despectivo en Cuenca se llaman y se reconocen como Cholos, en Cuenca radica la identidad del mestizo, aunque la categoría social mestizaje no existe, el mestizaje es una categoría económica impuesta por la colonia, en Cuenca los cuencanos si crearon esta categoría social y se reconocen como grupo social y se autodenominan cholos. América Latina debe resignifar el mestizaje, buscar un elemento identitario y buen ejemplo es Cuenca, que tiene clara su identidad, no son indígena, ni españoles, ni mestizos somos cholos, y la gente dice soy cholo cuencano. Es muy importante fortalecer los procesos identitarios.

En Guayaquil los indígenas son urbanos y no existe la preocupación sobre generar comunidad.

Ley de Arbitraje y Mediación en Ecuador
http://es.scribd.com/doc/60161698/Ley-de-Arbitraje-y-Mediacion-Codificacion

lunes, 22 de agosto de 2011

10 agosto de 2011: siete años del Proyecto "Construcción de paz en la escuela"


El video de nuestra primera jornada social de conciliación, mediación y educación para la paz.

Gracias a la Institución Educativa Distrital I.E.D. San Isidro Sur Oriental.

Gracias al equipo de conciliadores y conciliadoras y de mediación de CREARC.

Gracias al patrono de este trabajo San Lorenzo Mártir.

domingo, 21 de agosto de 2011

Reuniones Distritales de Centros Conciliación en Bogotá

CREARC participó a través de la Directora del Centro de Conciliación Patricia Romero Sánchez en las reuniones de Centros de Conciliación realizadas en Bogotá en la Cámara Colombiana de la Conciliación el 29 de junio de 2001 y el 6 de julio de 2011.




sábado, 20 de agosto de 2011

APOYO INTERNACIONAL A LA CONCILIACIÓN EN DERECHO COMO REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD












Lima, 05 de Julio de 2011

Doctora
Patricia Romero
Bogotá - Colombia.-
Presente.-

Estimada Patricia:

Acuso recibo de su correo de fecha 4 de julio de los corrientes en el cual nos manifiesta su preocupación por el riesgo que existe en Colombia, respecto de dejar sin efecto el régimen de obligatoriedad de la conciliación extrajudicial en asuntos civiles y de familia.

Como juez en actividad y ex conciliador extrajudicial, le hago saber mi sorpresa y desazón por la inconveniencia de dicha medida, pues Colombia ha sido un referente para la institucionalización de la conciliación en el Perú.

Cuente usted con nuestro apoyo incondicional en estos momentos difíciles. Lamentablemente siempre llegan al poder personas que desconocen las bondades de la conciliación extrajudicial, periódicamente proponen medidas efectistas que enarbolando las banderas del acceso a la justicia, vulneran el derecho a la paz de las personas.

Dejar sin efecto el sistema de obligatoriedad sería una regresión inaceptable bajo todo punto de vista, por quienes han emprendido el sendero sinuoso del cambio de la cultura de litigio por una cultura de paz.
En el Perú se está extendiendo la obligatoriedad a mayor cantidad de distritos conciliatorios. Suprimir la obligatoriedad en Colombia sería un inconveniente retroceso.

Sobre este tema puede emplear y difundir nuestro trabajo “La conciliación extrajudicial obligatoria como derecho constitucional y como límite al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva” en nuestro libro La Conciliación Extrajudicial y la Conciliación Judicial: Un puente de oro entre los MARC’s y la justicia ordinaria”, Lima, Grijley, 2010, pp. 123-140)
Reiterándole nuestra solidaridad y apoyo incondicionales en esta difícil hora, esperamos que al final se imponga la cordura y que al igual que en nuestro país, el régimen de obligatoriedad se mantenga en Colombia.

Saludos cordiales,

Jaime David Abanto Torres

Juez Titular del 1° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima
Ex Director de la Escuela Nacional de Conciliación Extrajudicial

http://blog.pucp.edu.pe/jaimedavidabantotorres
http://es.groups.yahoo.com/group/amigosdelaconciliacionperu
amigosdelaconciliacionperu@yahoogroups.com

Lima, 05 de Julio de 2011

Estimada Patricia:

Acuso recibo de su correo en el cual nos expresa su preocupación por el riesgo que existe en Colombia respecto de dejar sin efecto el régimen de obligatoriedad de la conciliación extrajudicial.
Comparto esta preocupación y me permito expresarle mi solidaridad en esta jornada que emprende a fin de mantener la vigencia del sistema de obligatoriedad.

En el Perú estamos en esa misma línea de acción, puesto que -contadas excepciones- la gran mayoría de operadores apostamos por la obligatoriedad, que ha demostrado ser un instrumento eficaz para el cambio de la cultura de litigio por una cultura de paz.

Así lo ha entendido el Ministerio de Justicia, que a mediados del año pasado apostó por la ampliación del régimen de obligatoriedad en varios distritos conciliatorios del interior del país. Además, está convocando a realizar estudios que coadyuven al fortalecimiento del sistema. Prueba de ello es que en el último número de la revista virtual "EnMARCando" se han publicado trabajos que constituyen una defensa del sistema. Me permito señalarte el link de un artículo mío publicado en dicho número y que puede emplear y difundir: http://www.minjus.gob.pe/enmarcando/articulo.asp?edicion=16&p=7...

En este orden de ideas, le reitero mi solidaridad y me permito ofrecerle mi más desinteresado apoyo a la causa que realiza, y hago votos para que el régimen de obligatoriedad se mantenga en Colombia.

Con vivo afecto,

F. Martín Pinedo Aubián
Abogado
Conciliador Extrajudicial