viernes, 16 de noviembre de 2001

FORO CONSTITUCIONALIDAD DE LA CONCILIACIÓN INSTITUCIONAL EN DERECHO Y DIEZ AÑOS DE LA LEY 23 DE 1.991

FUNDACIÓN UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE COLOMBIA
FACULTAD DE DERECHO Y CENTRO DE CONCILIACIÓN


FORO CONSTITUCIONALIDAD DE LA CONCILIACIÓN INSTITUCIONAL EN DERECHO Y DIEZ AÑOS DE LA LEY 23 DE 1991
Construyendo Paz con Tolerancia
15 de Noviembre del 2001

Delegación transitoria de la Administración de Justicia en los Particulares
Dr. José Gregorio Hernández Rector FUAC, Exmagistrado y Expresidente de la Corte Constitucional

La conciliación como cultura de paz
Dr. Ricardo Esquivia Ballestas Director Centro de Conciliación, Análisis y Transformación de Conflictos JUSTAPAZ – miembro RED GRTPC

La conciliación forma de justicia participativa. Reflexión desde otras legislaciones
Dra. Patricia Romero Sánchez Directora Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Asociación de Clubes de Leones del Distrito F-3 Colombia. Voluntaria de Justapaz. Directora de CREARC. Integrantes RED GRTPC


Una década de experiencia en los Centros de Conciliación
Dra. Ingrid Patricia Riveros Fúneme Presidente Asociación Colombiana de Centros de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición ACERCAR – Directora Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición CONALBOS

Implicaciones de la Sentencia C-893-01, derogatorias Ley 23 de 1.991, Ley 446 de 1.998 y Requisito de Procedibilidad
Dra. Diana Alexandra Remolina Botia. Directora Centros de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición del Ministerio de Justicia y del Derecho y Dra. Adriana Covelli Asesora del Ministro de Justicia.

FORO
Intervenciones - Conclusiones

Coordinador: Dr. Héctor Alfonso Gutiérrez y Gutiérrez.
Director Centro de Conciliación de la Universidad Autónoma de Colombia – Seccional Bogotá

CON EL APOYO DE

Asociación Colombiana de Centros de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición ACERCAR

RED DE GESTIÓN, RESOLUCIÓN Y TRANSFORMACIÓN PACIFICA DE CONFLICTOS RED GRTPC


COMUNICADO DE PRENSA

El día jueves 15 de noviembre de 2001, se llevo a cabo en el Auditorio Fundadores de la Fundación Universidad Autónoma de Colombia el FORO CONSTITUCIONALIDAD DE LA CONCILIACIÓN INSTITUCIONAL EN DERECHO Y DIEZ AÑOS DE LA LEY 23 DE 1.991, convocado por la Fundación Universidad Autónoma de Colombia y apoyado por ACERCAR y la RED DE GESTIÓN, RESOLUCIÓN Y TRANSFORMACIÓN PACIFICA DE CONFLICTOS,  contó con la participación del Dr. José Gregorio Hernández Exmagistrado y Expresidente de la Corte Constitucional y Rector de la Fundación Universidad Autónoma de Colombia, del Dr. Ricardo Esquivia Ballestas Director del Centro de Conciliación, Análisis y Transformación del Conflicto JUSTAPAZ, de la Dra. Patricia Romero Sánchez Directora del Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Asociación de Clubes de Leones del Distrito F-3, de la Dra. Ingrid Patricia Riveros Fúneme Presidente de la Asociación Colombiana de Centros de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición ACERCAR, de la Dra. Diana Remolina Botía Directora de Centros de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición del Ministerio de Justicia y del Derecho y Adriana Covelli Asesora del Ministro de Justicia y del Derecho, el moderador del evento fue el Dr. Héctor Gutiérrez Director del Centro de Conciliación de la Fundación Universidad Autónoma de Colombia.  

Dicho evento trató las temáticas de la delegación transitoria de la administración de justicia en los particulares, la conciliación como cultura de paz, la conciliación como forma de justicia participativa, reflexión desde otras legislaciones, Una década de los Centros de Conciliación en Colombia y el requisito de Procedibilidad en la Ley 640 de 2001. 

Este Foro se realizó con la intención de generar espacios serios donde se defiendan y se reconozcan las diferentes posibilidades de participación de los particulares en la administración de justicia y en la la solución de sus conflictos a través del diálogo, dentro del marco de los 10 años de expedición de la Ley 23 de 1.991.

Las conclusiones del evento son muy importantes y se refuerzan con el hecho de coincidir ese mismo día con la expedición de la Sentencia de la Corte Constitucional que da un gran respaldo a la figura de la Conciliación.

Las conclusiones más importantes del Foro son las siguientes: 

Manifestaron los participantes su preocupación por la falta de respaldo del Ministerio de Justicia y del Derecho a los Centros de Conciliación donde los particulares son administradores de justicia, la discusión sobre la posibilidad de participación de los particulares en la Administración de Justicia y el reconocimiento de los abogados como parte de la construcción de la cultura de paz ha sido superada hace más de cuarenta años en Europa.

La Resolución Alternativa de Disputas está reconocida en las legislaciones de 89 países del mundo.

La Ley 640 definitivamente es un paso adelante hacia la modernización y posibilidades de participación en la Administración de Justicia, se hace necesario ir pensando en un proyecto de Ley que vuelva operable en materia laboral la disposición constitucional que permite a los particulares y en especial a los abogados administrar justicia transitoriamente como conciliadores de acuerdo a los lineamientos de la sentencia C-893 de 2.001.

Se deben seguir generando espacios de análisis, reflexión, promoción y divulgación de la Administración de Justicia y el reconocimiento de los abogados como parte de la construcción de la cultura de paz ha sido superada hace más de cuarenta años en Europa.