Calle 18 No. 6 -56 Oficinas 1202 y 1203
La conciliación en derecho hace parte de los mecanismos alternativos de solución de controversias.
En la conciliación son las partes quienes deciden la solución de sus conflictos y el conciliador está facultado por la ley para hacer propuestas para la solución del conflicto, dichas propuestas las partes deciden si las acogen o no.
La obligación del conciliador es de medio y no de resultado, ya que el resultado depende de las partes.
El principio de confidencialidad está consagrado en la ley 23 de 1991 y su objetivo es proteger el procedimiento conciliatorio, proteger lo que expresan libre y tranquilamente las partes en la audiencia de conciliación y también proteger a las personas y partes que intervienen en la conciliación.
En una audiencia de conciliación por el esquema de la oralidad, las partes expresan su conflicto, sus pensamientos, sus sentimientos y emociones y el legislador en su sabiduría ha dispuesto este principio para efectos que las partes puedan expresar la narración de los hechos desde su perspectiva. , sus pensamientos y sentimientos.
El acuerdo que se construye en una audiencia de conciliación extrajudicial en derecho es un acuerdo en el marco del derecho, más el procedimiento y la dinámica de la conciliación es una interacción humana y como todo encuentro humano su base fundamental es el respeto y la buena fe. y el principio de confidencialidad es el principio a través del cual se respeta y se protege a la conciliación en lo sustantivo, en lo procedimental y en lo humano.
La conciliación es una forma cooperativa, conjunta y dialogal de construcción de soluciones y totalmente ajena a enfoques competitivos, litigiosos y adversariales de solución de conflictos.
Sobre el principio de voluntariedad es importante resaltar que la obligación del conciliador y del centro de conciliación, es de medio y no de resultado.
El objetivo de una conciliación es intentar construir un acuerdo para dar una solución pacífica y respetuosa a un conflicto siempre y cuando las partes así lo quieran, si las partes o alguna de las partes no quiere construir un acuerdo, se respeta la decisión de no acuerdo. y se expide la respectiva constancia.
La conciliación es un acto solemne que se prueba su existencia con el acta que contiene el acuerdo o la constancia de no acuerdo o no asistencia a la audiencia de conciliación.
El acuerdo contenido en el acta de conciliación tiene los mismos efectos jurídicos que una sentencia judicial: hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo.
Se pueden conciliar en el Centro de Conciliación CREARC todos aquellos asuntos en materia civil, comercial y familiar que admitan la transacción, desistimiento y conciliación.
El artículo 40 de la Ley 640 de 2001 establece que sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 35 de esta Ley, la conciliación extrajudicial en derecho en materia de familia deberá intentarse previamente a la iniciación del proceso judicial en los siguientes asuntos:
En materia de familia prevalecen constitucional y legalmente los derechos de los menores.
La solicitud de conciliación se dirige al Centro de Conciliación CREARC y/ó al conciliador/a seleccionado/a interno y/oa prevención seleccionada por una o ambas partes.
Se diligencia el formato de solicitud personalmente en las instalaciones del Centro de Conciliación y/ó se envía la solicitud al correo electrónico: crearc@gmail.com
Los datos del solicitante, solicitado y el asunto a conciliar es la información necesaria para enviar la citación para la audiencia de conciliación.
Los hechos y las pretensiones de la solicitud de conciliación si hay acuerdo, es parte del contenido del acta de conciliación.
Es muy importante diligenciar COMPLETA la solicitud de la audiencia de conciliación.
Para solicitar la audiencia de conciliación personalmente en el Centro de Conciliación CREARC debe comunicarse al teléfono: 6019358137 o al celular 3153397145.
El Centro de Conciliación CREARC no se hace responsable por el contenido y/o veracidad de la información suministrada en el formato de solicitud de conciliación.
La solicitud de conciliación debe contener la siguiente información:
1. Se dirige a:
CENTRO DE CONCILIACIÓN CREARC
2. SOLICITANTE DE DATOS
También se puede solicitar la conciliación a través del formulario virtual en el siguiente enlace: Solicitud Virtual Audiencia de Conciliación en Derecho
MODELO PODER CON FACULTADES EXPRESAS PARA CONCILIAR
El poder conferido al abogado con facultades expresas para conciliar debe tener la presentación personal del mandante en notario preferiblemente con identificación personal biométrica.
TARIFAS
Tarifas Año 2024
CUANTÍA PRETENSIÓN UVT |
CUANTÍA PRETENSIÓN EN PESOS |
Tarifa UVT |
Valor UVT 2024 |
TARIFA FINAL + IVA |
Menos de 200,18 |
Menor a $8.490.034 |
7.51 |
$47.065 |
$420.615 |
Entre 200,18 y 325,30 |
$8.490.034 - $13.796.624 |
10.84 |
$47.065 |
$607.120 |
Más de 325,30 e igual a 425,39 |
$13.796.625 - $18.041.641 |
12,75 |
$47.065 |
$714.094 |
Más de 425,39 e igual a 875,80 |
$18.041.642 - $37.144.430 |
17.52 |
$47.065 |
$981.249 |
Más de 875,80 e igual a 1301,18 |
$37.144.431 – $55.185.646 |
20,85 |
$47.065 |
$1.167.753 |
Más de 1301,18 |
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3,50% |
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Sin cantidad o cantidad indeterminada |
No aplica |
11,68 UVT |
$47.065 |
$654.166 |
1. En ningún caso el conciliador podrá recibir directamente pago alguno por cuenta de las partes.
2. La tarifa de conciliación cotizada se consigna y/o transferir anticipadamente en la cuenta de ahorros de BBVA No. 037 – 422755 a nombre de CREARC, en caso de transferencia además del comprobante de transferencia debe estar confirmado el ingreso del dinero a la cuenta de ahorros de CREARC. No se tramitan audiencias con comprobante de transferencia sin ingreso del dinero a la cuenta de ahorros de CREARC.
3. La tarifa máxima permitida para la prestación del servicio de conciliación. Es de setecientos cincuenta con sesenta y ocho Unidades de Valor Tributario UVT (750,68 UVT) es decir $35´327.930.
4.Tarifa en asuntos de cantidad indeterminada y sin cantidad. Cuando se trate de asuntos de cantidad indeterminada o que no tengan cuantía, el valor del trámite conciliatorio será máximo de una vez con sesenta y ocho Unidades de Valor Tributarios (11,68 UVT). No obstante, sí en el desarrollo de la conciliación se determina la cantidad de las pretensiones, procederá la reliquidación de la tarifa y lo consignado se toma como abono del servicio de conciliación extrajudicial en derecho.
5. Si de común acuerdo las partes y el conciliador decide efectuar más de cuatro sesiones, por cada sesión adicional la tarifa de conciliación se incrementará en un 10% de la tarifa total resultante.
6. Estas son tarifas máximas, el Centro de Conciliación CREARC, dependiendo del caso, hace descuentos y atenciones especiales a los usuarios y usuarias, concede facilidades para acceder al servicio de conciliación y en caso de acuerdo toma el pago previo como abono y se debe pagar al Centro de Conciliación CREARC la diferencia que existe entre el abono y el valor real de la cantidad de la conciliación.
7. Los gastos de administración del centro de conciliación corresponden a los gastos administrativos, de funcionamiento y logísticos que permiten facilitar el servicio de conciliación como instalaciones, equipos, cafetería, y apoyo para la citación por vía telefónica y/o fax en la ciudad de Bogotá y envío de la citación por correo electrónico.
8. La tarifa del conciliador son los honorarios generados por el servicio ofrecido por el conciliador/a.
9. Una vez pagada la audiencia de conciliación y enviadas las citaciones no se hacen reembolsos por ningún concepto.
10. El valor pagado y pactado como valor de la audiencia de conciliación (gastos de administración y tarifa del conciliador) cubre cuatro sesiones de conciliación para el mismo caso. Una cuarta sesión o más por mutuo acuerdo de las partes, tiene un valor cada sesión adicional del 10% adicional sobre el valor de la tarifa total resultante.
11. Los gastos de administración y la tarifa del conciliador no cubren gastos como: abogado y/o apoderado de las partes, documentos o certificados que se deben anexar a la solicitud para demostrar la legitimación en la causa, gastos de correo, notificador personal o mensajero.
12. Una vez expedida la respectiva acta de conciliación, o constancia de no acuerdo o no conciliada el caso queda cerrado.
Una vez se realiza la consignación del pago de la audiencia de conciliación se envían las respectivas citaciones a las partes para la audiencia de conciliación.
No se reciben pagos en efectivo en las instalaciones del Centro de Conciliación CREARC, todas las audiencias o servicios ofrecidos por CREARC, se pagan previamente consignando el valor respectivo en la:
Cuenta de Ahorros BBVA
La trabajadora social es una profesional independiente que realiza la visita domiciliaria a las partes conciliantes y personas que considera debe entrevistar.
La trabajadora social entrevista a los grupos familiares, genera un registro fotográfico e informe de la visita domiciliaria para la audiencia de conciliación y asistencia a la audiencia de conciliación para explicar el informe y hacer las respectivas sugerencias y recomendaciones.
La Psicóloga es una profesional independiente que realiza una intervención dirigida a filtrar los eventos, obstáculos y crisis emocionales de las audiencias de conciliación que requieran dicha intervención.
La Psicóloga atiende a las personas, de acuerdo a su enfoque profesional genera un plan de intervención y genera un informe para la audiencia de conciliación que contiene: número de sesiones, quienes asisten, objetivo de la intervención, compromisos, evaluación, evolución y recomendaciones.
La intervención de la trabajadora social y la psicóloga va enfocada a facilitar la audiencia de conciliación filtrando eventos críticos de carácter social y psicológico, y cada profesional elabora un informe general de la entrevista, visita y/o intervención realizada, el informe es de carácter NO. CONCLUYENTE. En la audiencia de conciliación extrajudicial en derecho prima la Constitución y la ley y el interés superior del menor y los informes sociales y/o psicológicos son una guía, una orientación para la audiencia, es decisión de las partes si acogen como parte del acuerdo conciliatorio. las recomendaciones de los informes.
En caso de detectar alguna situación de riesgo de integrantes vulnerables en los núcleos familiares el Centro de Conciliación CREARC puede acudir a un profesional de Trabajo Social para que entreviste a todos los y las integrantes del grupo familiar, en caso de detectar y/o corroborar alguna situación de riesgo la trabajadora social y el Centro de Conciliación CREARC remiten inmediatamente a ICBF y al JUEZ DE FAMILIA para que se tomen las medidas de protección del caso.
Este servicio de visita domiciliaria y/o intervención psicológica no está incluido en el valor de las conciliaciones.
El Centro de Conciliación CREARC puede sugerir a las partes el uso de este servicio y son las partes quienes deciden si acuden a este valioso apoyo.
b) A prevención: cuando se solicita directamente al abogado conciliador inscrito ante el Centro de Conciliación CREARC; cuando se solicita al Centro de Conciliación CREARC que sea un conciliador/a en particular; cuando se elige al conciliador directamente en el formulario virtual de solicitud de conciliación;
c) Por designación que haga el centro de conciliación de la lista de conciliadores .
ARTÍCULO 70. El horario de trabajo en el Centro de Conciliación CREARC es días hábiles de 10:00 am a 6:00 pm Los días sábados y festivos, se ofrecerá el servicio de acuerdo a la necesidad de nuestros usuarios, lo anterior se hará por solicitud de los usuarios y con autorización de la Dirección del Centro.
El horario de realización de audiencias de conciliación, asesoría psicológica y la asesoría de trabajo social se realizará de acuerdo a las necesidades y demanda que se presentan.
En el período que inicia a partir de mediados del mes de diciembre y termina a mediados del mes de enero del año siguiente, no habrá prestación del servicio por vacaciones.
El horario aquí determinado se puede ajustar de acuerdo a las necesidades del servicio, a la evaluación periódica a realizar o por necesidades urgentes de carácter locativo, salubridad y seguridad que implican su modificación, cuando se realiza inventario de archivo y cuando a juicio de la Dirección del Centro se determina que sea necesario.
o en el correo electrónico: centrodeconciliacioncrearc@gmail.com
Nota aclaratoria. Las instalaciones del Centro de Conciliación CREARC no se prestan, ni se alquilan para asesorías jurídicas ofrecidas por profesionales del derecho de manera independiente, ni se realizan audiencias de otros centros de conciliación, ni de conciliadores que no se encuentren inscritos en el Centro de Conciliación CREARC. .