CARTA ABIERTA
Bogotá D.C. Julio 03 de 2011
Doctora
PATRICIA ROMERO
Directora Centro de Conciliación CREARC
Delegada de CERECO en Colombia
Ciudad
Respetada Directora de CREARC:
Agradezco sus reenvíos de comunicaciones, y lamento por asuntos personales y de la Institución que represento, no haber estado apoyando en presencia física la causa que usted inspira y apoya.
Conozco de antemano su amor, apostolado, cuota de sacrificio por el arte de conciliar, por la actividad conciliatoria y en general por los Mecanismos Alternos de Solución de Conflictos, a tanto que con ingentes esfuerzos me consta, como usted realiza su Doctorado en este tema en la Universidad de Granada - España.
Soy testigo histórico de una Dra. EUNICE BARRERA, donde por su dedicación al oficio de conciliar, su entrega, su esmero porque de cada audiencia surja un acuerdo y no una constancia de imposibilidad de acuerdo; herencia que trata de inculcar y que con lujo de detalles asimila su hija Dra. ADRIANA ROJAS; y por ello les duele en el alma un atentado legislativo como el propuesto de eliminar de un tajo la conciliación como requisito de procedibilidad.
Admiro a los demás centros de conciliación que han concurrido al llamado de adhesión a la causa de defender la figura de la conciliación pre-procesal como requisito de procedibilidad.
De la lista de correos enviados, veo como solo concurren al apoyo un número reducido de Centros de Conciliaciòn
Pero una vez más expreso la necesidad propuesta y materializada para el año de 1997 cuando fuimos convocados a integrar el proyecto BID, donde fuere Organismo ejecutor la CAMARA DE COMERCIO DE BOGOTA, y de donde de los Directores de Conciliación participantes surgió la idea de defendernos, agruparnos, asociarnos, realizar una red nacional, y se inició con la aun no liquidada ASOCIACION DE CENTROS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE: “ACERCAR”.
Deploro que intereses económicos, egoístas y personales, conveniencias de momento, hayan pausado la acción agremiante y defensa colectiva de los intereses de los Centros de Conciliación y sus conciliadores; con ello la defensa de la figura de la conciliación, razón de fondo de la existencia de los Centros de Conciliación.
Me consternó y aplacó en su momento que algunos de sus integrantes se hayan retirado por congraciarse con la gestión de los funcionarios gubernamentales de turno hoy afortunadamente sustituidos del ejercicio de sus cargos que desempeñaban; antes que permanecer defendiendo una posición radical y fundamental la cual no puede ser otra que la igualdad de posibilidades e imparcialidad en el trato a los Centros de Conciliación legalmente constituidos y marcha de la mano la defensa de la figura de la conciliación.
Ajeno a cualquier sed de reconocimiento, pero como degustación de la historia para comprobar que la UNION hace la fuerza, que el TRABAJO EN EQUIPO es determinante, hay como muestra de logros alcanzados con la unión gremial de centros en su momento , aunque durara poco, y sin que hasta la fecha este disuelta o proscrita:
* La declaración conceptual del Ministro de Justicia y del Derecho Dr. ROMULO GONZALEZ TRUJILLO, que para la fecha 17 de mayo de 2002 en documento DCC/100, 03760 , con aserto manifiesta:
“… En conclusión, toda vez que los conciliadores ejercen una función pública cual es la de administrar justicia y que la legislación establece la obligación de intentar antes de acudir a la jurisdicción ordinaria, en concepto de este ministerio la función desempeñada por los conciliadores, en tanto en cuanto estén investidos transitoriamente de la función de administrar justicia, se repite, no puede ser gravada con el IVA.”
Concepto Aliviante de la situación gravosa al usuario al acudir a la figura ante los centros de conciliación autorizados para cobrar.
* Luego ante la inercia y orfandad en la no unión y la mirada pasiva de los centros , se produce un segundo concepto en que predican que si está gravado con IVA, lo que es desmotivante para los centros de conciliación autorizados para cobrar, por la carga que representa para el usuario frente a otros como los centros de entidades oficiales que ofrecen las audiencias GRATIS y que los alejan de nuestra esfera de cobertura.
* La mejoría obtenida con la circular 006 de enero 23 de 2006 de la Superintendencia de Notariado y Registro de Instrumentos Públicos que en parte restituye la arbitraria circular 005 del 5 de enero de 2004 de la misma entidad, publicada en el Diario Oficial No. 45.459, en que se instruye no registrar las actas de conciliación que versen de bienes inmuebles.
* La Sentencia judicial dentro del proceso de acción popular No. 04-012201 de fecha julio 08 de 2005, del TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION SEGUNDA SUB-SECCION B, en que se declara la inmoralidad del convenio de la Secretaria de Transito de Bogotá que asignaba a un solo centro de conciliación el atender las conciliaciones derivadas de accidentes de tránsito; cuando la ley 769 en el art. 146 de la ley 769 del 2002, dispone distribuir los casos a los centros de conciliación debidamente constituidos.
Pues bien Doctora PATRICIA ROMERO, surge nuevamente una amenaza a la figura de la conciliación y tras de bambalinas la amenaza va contra los Centros de Conciliación
Como quisiera conocer por ejemplo la posición de nuestro representante por los Centros de Conciliación de Entidades sin Ánimo de lucro ante el CONSEJO NACIONAL DE CONCILIACIÓN Y ACCESO A LA JUSTICIA, Dr. RAFAEL BERNAL , elegido por los Centros de Conciliación que votaron en número de 29 votos: http://www.conciliacion.gov.co/noticias_detalle.aspx?idn=77
Como quisiera saber que opinan los demás Centros de Conciliación, distintos a los que aparecen en su correo:
flopezlopez@hotmail.com,
clarojas35@hotmail.com,
centro.conciliacion@gmail.com,
ugcconciliacion@hotmail.com,
calarconlaverde@gmail.com,
hector.gutierrez@campusucc.edu.co,
agallego@contaduria.gov.co,
centrodeconciliacioncnal@hotmail.com,
myepes@contaduria.gov.co,
cral33@yahoo.com,
conciliacion.colabogados@hotmail.com,
cchavezr@lonjadebogota.org.co,
mysilva@uniandes.edu.co,
magdadjanon-1@hotmail.com,
jornadas@ccb.org.co,
rungoca@yahoo.es,
cconciliacion@uac.edu.co,
albamariacruz_g@hotmail.com,
lirastella153@hotmail.com,
mjaner@amvcolombia.org.co,
sonia.lu.zam@hotmail.com,
pmontano61@hotmail.com,
flopezlopez@hotmail.com,
centro.conciliacion@gmail.com,
clarojas35@hotmail.com,
fundatalid@gmail.com,
Corporación Casa Jurídico Social corcajuris@gmail.com
Finiquito mi carta Dra. PATRICIA ROMERO , con la proclama de que reciba el más decidido apoyo del Centro de Conciliación que dirijo y a nombre personal; por favor comente a los demás participantes en la causa, mi invitación a la unión gremial permanente, en la defensa de la Conciliación y de los Centros de Conciliación.
Adelante pues, valiente dama coordinadora y pionera de la defensa de la figura de los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, “la mies es mucha y los obreros son pocos”
Cordialmente,
CORPORACION CASA JURIDICO SOCIAL
ANDRES MARTINEZ DIAZ
Representante legal
Director Centro de Conciliación
Doctora
PATRICIA ROMERO
Directora Centro de Conciliación CREARC
Delegada de CERECO en Colombia
Ciudad
Respetada Directora de CREARC:
Agradezco sus reenvíos de comunicaciones, y lamento por asuntos personales y de la Institución que represento, no haber estado apoyando en presencia física la causa que usted inspira y apoya.
Conozco de antemano su amor, apostolado, cuota de sacrificio por el arte de conciliar, por la actividad conciliatoria y en general por los Mecanismos Alternos de Solución de Conflictos, a tanto que con ingentes esfuerzos me consta, como usted realiza su Doctorado en este tema en la Universidad de Granada - España.
Soy testigo histórico de una Dra. EUNICE BARRERA, donde por su dedicación al oficio de conciliar, su entrega, su esmero porque de cada audiencia surja un acuerdo y no una constancia de imposibilidad de acuerdo; herencia que trata de inculcar y que con lujo de detalles asimila su hija Dra. ADRIANA ROJAS; y por ello les duele en el alma un atentado legislativo como el propuesto de eliminar de un tajo la conciliación como requisito de procedibilidad.
Admiro a los demás centros de conciliación que han concurrido al llamado de adhesión a la causa de defender la figura de la conciliación pre-procesal como requisito de procedibilidad.
De la lista de correos enviados, veo como solo concurren al apoyo un número reducido de Centros de Conciliaciòn
Pero una vez más expreso la necesidad propuesta y materializada para el año de 1997 cuando fuimos convocados a integrar el proyecto BID, donde fuere Organismo ejecutor la CAMARA DE COMERCIO DE BOGOTA, y de donde de los Directores de Conciliación participantes surgió la idea de defendernos, agruparnos, asociarnos, realizar una red nacional, y se inició con la aun no liquidada ASOCIACION DE CENTROS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE: “ACERCAR”.
Deploro que intereses económicos, egoístas y personales, conveniencias de momento, hayan pausado la acción agremiante y defensa colectiva de los intereses de los Centros de Conciliación y sus conciliadores; con ello la defensa de la figura de la conciliación, razón de fondo de la existencia de los Centros de Conciliación.
Me consternó y aplacó en su momento que algunos de sus integrantes se hayan retirado por congraciarse con la gestión de los funcionarios gubernamentales de turno hoy afortunadamente sustituidos del ejercicio de sus cargos que desempeñaban; antes que permanecer defendiendo una posición radical y fundamental la cual no puede ser otra que la igualdad de posibilidades e imparcialidad en el trato a los Centros de Conciliación legalmente constituidos y marcha de la mano la defensa de la figura de la conciliación.
Ajeno a cualquier sed de reconocimiento, pero como degustación de la historia para comprobar que la UNION hace la fuerza, que el TRABAJO EN EQUIPO es determinante, hay como muestra de logros alcanzados con la unión gremial de centros en su momento , aunque durara poco, y sin que hasta la fecha este disuelta o proscrita:
* La declaración conceptual del Ministro de Justicia y del Derecho Dr. ROMULO GONZALEZ TRUJILLO, que para la fecha 17 de mayo de 2002 en documento DCC/100, 03760 , con aserto manifiesta:
“… En conclusión, toda vez que los conciliadores ejercen una función pública cual es la de administrar justicia y que la legislación establece la obligación de intentar antes de acudir a la jurisdicción ordinaria, en concepto de este ministerio la función desempeñada por los conciliadores, en tanto en cuanto estén investidos transitoriamente de la función de administrar justicia, se repite, no puede ser gravada con el IVA.”
Concepto Aliviante de la situación gravosa al usuario al acudir a la figura ante los centros de conciliación autorizados para cobrar.
* Luego ante la inercia y orfandad en la no unión y la mirada pasiva de los centros , se produce un segundo concepto en que predican que si está gravado con IVA, lo que es desmotivante para los centros de conciliación autorizados para cobrar, por la carga que representa para el usuario frente a otros como los centros de entidades oficiales que ofrecen las audiencias GRATIS y que los alejan de nuestra esfera de cobertura.
* La mejoría obtenida con la circular 006 de enero 23 de 2006 de la Superintendencia de Notariado y Registro de Instrumentos Públicos que en parte restituye la arbitraria circular 005 del 5 de enero de 2004 de la misma entidad, publicada en el Diario Oficial No. 45.459, en que se instruye no registrar las actas de conciliación que versen de bienes inmuebles.
* La Sentencia judicial dentro del proceso de acción popular No. 04-012201 de fecha julio 08 de 2005, del TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION SEGUNDA SUB-SECCION B, en que se declara la inmoralidad del convenio de la Secretaria de Transito de Bogotá que asignaba a un solo centro de conciliación el atender las conciliaciones derivadas de accidentes de tránsito; cuando la ley 769 en el art. 146 de la ley 769 del 2002, dispone distribuir los casos a los centros de conciliación debidamente constituidos.
Pues bien Doctora PATRICIA ROMERO, surge nuevamente una amenaza a la figura de la conciliación y tras de bambalinas la amenaza va contra los Centros de Conciliación
Como quisiera conocer por ejemplo la posición de nuestro representante por los Centros de Conciliación de Entidades sin Ánimo de lucro ante el CONSEJO NACIONAL DE CONCILIACIÓN Y ACCESO A LA JUSTICIA, Dr. RAFAEL BERNAL , elegido por los Centros de Conciliación que votaron en número de 29 votos: http://www.conciliacion.gov.co/noticias_detalle.aspx?idn=77
Como quisiera saber que opinan los demás Centros de Conciliación, distintos a los que aparecen en su correo:
flopezlopez@hotmail.com,
clarojas35@hotmail.com,
centro.conciliacion@gmail.com,
ugcconciliacion@hotmail.com,
calarconlaverde@gmail.com,
hector.gutierrez@campusucc.edu.co,
agallego@contaduria.gov.co,
centrodeconciliacioncnal@hotmail.com,
myepes@contaduria.gov.co,
cral33@yahoo.com,
conciliacion.colabogados@hotmail.com,
cchavezr@lonjadebogota.org.co,
mysilva@uniandes.edu.co,
magdadjanon-1@hotmail.com,
jornadas@ccb.org.co,
rungoca@yahoo.es,
cconciliacion@uac.edu.co,
albamariacruz_g@hotmail.com,
lirastella153@hotmail.com,
mjaner@amvcolombia.org.co,
sonia.lu.zam@hotmail.com,
pmontano61@hotmail.com,
flopezlopez@hotmail.com,
centro.conciliacion@gmail.com,
clarojas35@hotmail.com,
fundatalid@gmail.com,
Corporación Casa Jurídico Social corcajuris@gmail.com
Finiquito mi carta Dra. PATRICIA ROMERO , con la proclama de que reciba el más decidido apoyo del Centro de Conciliación que dirijo y a nombre personal; por favor comente a los demás participantes en la causa, mi invitación a la unión gremial permanente, en la defensa de la Conciliación y de los Centros de Conciliación.
Adelante pues, valiente dama coordinadora y pionera de la defensa de la figura de los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, “la mies es mucha y los obreros son pocos”
Cordialmente,
CORPORACION CASA JURIDICO SOCIAL
ANDRES MARTINEZ DIAZ
Representante legal
Director Centro de Conciliación